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“...que se han puesto en
contacto, puede establecerse en diferentes formas. Ufia vez
aleiados de la idea y del dogma de la soberania absoluta, com-
probamos que no existe ninguna objecin terica en que la
relacin entre los diferentes sistemas de proveer a los intereses
comunes se establezcan en la forma realizada por la Union de
Utrecht, o como en los articulos de la Confederacin Americana
original, o en las constituciones Americana y Suiza en vigor
actualmente. Los trminos del arreglo que han de regular las
relaciones entre los miembros de la asociaciones corporativas
formadas para fomentar los intereses comunes, se convierten
ahora en una cuestin practica, cuva resolucin depende de la
intensidad del sentimiento de unidad.
De toepassing van het beginsel wan absolute heerschappij.
Indien U intusschen mocht gaan meenen, dat ik mij schuldig
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