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la Ciudad de Santo Domingo, en la posesion de las Islas
de Ouraba y Curacao y Buynare, (que estan en comarca
de la tierra firme) conforme al asiento que con l tomaron
en nombre de S. M. el ano de 1513, Don Diego Colon
y el Licenciado Figueroa. Se contienen en esta sobre-
carta los capitulos que ha de guardar Ampies en la
poblacion de dichas islas.
Gkanada, 15 de Xoviembre; 6 pliegos.
1527. Real Cdula al Licenciado Vadillo, recomendandole la
persona de Juan de Ampies para que lo favorezea.
Valladolid, 1 de Marzo; V2 pliego.
1527. Real Cdula concediendo a Juan de Ampies licencia
para visitar las islas que Ie estaban encomendadas de
jando en su lugar una persona que en su nombre des-
empefie el officio de Factor de la Espafiola.
Valladolid, 1 de Mayo; V2 pliego.
1528. Real Cdula al Licenciado Vadillo: aprueba en uno de
sus parrafos lo que habia hecho con el Factor Juan de
Ampies segun manifestaba en su carta de 5 de Agosto
de 1527. Buegos, 15 Febrero; Vs pliego.
1528. Real Cdula a la Audiencia...”
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