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“...interesan-
te es la disposicin de que
todo trabajo ejecutado con
mayor esmero que el usual
debia recibir un pago ma-
yor. No.era permitido re-
tener el salario durante la
noche. En su dia Ie darn
su jornal, y no se pondra
el sol sin darselo no se de-
tendra el trabajo del jorna
lero en tu casa hasta la
mafiana (Lev, XlX 13,
Deut. XXIV 15). Tampo-
co habia un derecho de re-
tencin por los daflos ori-
ginados por descuidado de
los jornaleros, como lo en-
sefia el fallo de Rab, cuan-
do Rabba retenia los Vesti-
dos de los cargadores. Si se
pagaba el salario en espe-
cie, slo debia entregarse
primera calidad, no calidad
media. El Talmud ya co-
nocia las ^conquistas de los
siglos KIX y XX! la res-.
ponsabilidad del patrn por
accidentes del trabajo. An
se considera como acciden-
te de trabajo el que sufre
en el camino para recibir
SU salario. Habia 5 clases
de indemnizaciones por es-
tos accidentes.
Nezek por el daho
corpora! permanente.
Tzahar por los dolo-
res y penurias.
Ripuy* por la asisten-...”
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